MANUAL VIRTUAL: INGRESO DE PERSONAL
CAPÍTULO I
FINALIDAD
- Normar el proceso de ingreso de personal, como empleado de carrera o eventual, mediante concurso público.
- Dotar a la entidad, del personal idóneo para el cumplimiento eficaz de sus funciones.
Referencia:
- Art. 28° al 41° D.S. N° 005-90-PCM.
- Art. 5° y 9° ley N° 28175.
- Art. 14° al 18° y art. 104° inc. e D.S. N° 007-2010-PCM.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
- El ingreso de personal es aplicable en toda cobertura que realice la entidad para cubrir plaza vacante de personal de carrera o eventual.
Referencia:
- Art. 15° D.S. N° 522.
- Art. 28° al 41° D.S. N° 005-90-PCM.
- Art. 5° al 10° de la ley N° 28175 .
- Art. 14° al 18° D.S. N° 007-2010-PCM.
- Ley Anual del Presupuesto.
BASE LEGAL
- Se sustenta en las siguientes normas legales vigentes:
- Decreto Ley N° 11377 Estatuto y Escalafón del Servicio Civil del 29-05-1950, artículos 22° al 26° y 80°.
- Decreto Supremo N° 522 Reglamento de la Ley del Estatuto y Escalafón del Servicio Civil del 26-07-1950, artículo 4°, 5°,10°, 13° al 23°, 66° y 150°.
- Resolución Jefatural N° 052-80-INAP-DNP Normas Generales del Sistema de Personal del 21-03-1980, Norma I (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público del 06-03-1984, artículo 12° al 15°.
- Decreto Supremo N° 018-85-PCM Reglamento Inicial D.L. N° 276 del 28-02-1985, artículos 6° al 9°, 11° y 12° (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025) y Decreto Supremo N° 005-90-PCM Reglamento del D.L. N° 276 del 15-01-1990.
- Decreto Supremo N° 107-87-PCM del 23-10-1987, anexo 1, numerales 2.1 al 2.2, 3.1 al 3.2 y 4.2 al 4.3.
- Decreto Supremo N° 017-96-PCM del 07-03-1996.
- Ley N° 26771 del 14-04-1997 y su Reglamento Modificado, Decreto Supremo N° 021-2000-PCM del 27-07-2000, modificada por Decreto Supremo N° 017-2002-PCM del 08-03-2002.
- Resolución Contraloría N° 072-98-CG del 26-06-1998, ítem 400-01 y 400-02; (Derogado por R. C. N° 320-2006-CG del 30-10-2006 (Se aplica a partir del 03-11-2006 artículo quinto fecha de la publicación en el diario Oficial el Peruano). Ref.- II– punto 5).
- Resolución Contraloría N° 123-2000-CG del 23-06-2000, ítem 700-03
- Ley N° 27588 del 12-12-2001 (Pub. 13-12-2001) y su Reglamento Decreto Supremo N° 019-2002-PCM del 07-03-2002.
- Ley N° 28175– Ley Marco del Empleo Público del 18-02-2004 (Pub. 19-02-2004).
- Decreto Supremo N° 033-2005-PCM Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley N° 27815-Código de Ética de la Función Pública del 12-08-2002 /Pub. 13-08-2002) del 18-04-2005 (Pub. 19-04-2005), artículo 1°.
- Decreto Supremo N° 089-2006-PCM Reglamento para el Funcionamiento Actualización y Consulta de la Información en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido – RNSDD del 14-12-2006 (Pub. 15-12-2006) artículo 12°.
- Decreto Legislativo N° 1023 del 20-06-2008 artículo 15°.
- Decreto Legislativo N° 1057 del 27-06-2008 y su Reglamento Decreto Supremo N° 075-2008-PCM del 24-11-2008.
- Decreto Supremo N° 007-2010-PCM pub. el 14-01-2010 Texto Único Ordenado de la Normativa del Servicio Civil (TUO).
- Capítulo I del Título III, artículo 59º, artículo 66º al 68º y artículo 75º de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil.
- Ley Anual del Presupuesto.
CAPÍTULO II
DESIGNACIÓN DE LAS COMISIONES DE CONCURSO
- Mediante resolución del Titular del Pliego será designada una (01) comisión de concurso cuyos conformantes, deben tener amplio conocimiento de los objetivos y metas de la institución, así como de su plan operativo; como sigue:
- Un director o representante de la alta dirección. (De acuerdo al organigrama aprobado para la entidad).
- El jefe de la oficina general de administración o representante que el designe.
- El jefe de la oficina de personal o representante que el designe.
- Un representante de los profesionales; y
- Un suplente por cada cargo (Opcional).
Referencia:
- Numeral 3.2 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 7° D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Funciones y duración de las comisiones:
- Tendrán las funciones siguientes:
- Elaborar las bases del concurso de acuerdo a los requerimientos (Funciones a desempeñar en armonía con la descripción y análisis de cargos).
- Formular el cronograma del proceso de selección.
- Formular las pruebas de conocimiento y entrevista personal.
- Convocar a concurso.
- Evaluar los currículos y declaraciones juradas de los postulantes. (Si ha prestado servicio al Estado y motivo del retiro, y si tiene parientes en la entidad a donde postula. En concordancia con la R.C. N° 123-2000-CG, ítem 700-03 incisos 03 y 04, a fin de garantizar la transparencia del concurso e idoneidad del concursante.)
- Calificar las pruebas de conocimiento y entrevista personal.
- Publicación de los resultados parciales y finales del concurso.
- Formular y aprobar, con los resultados los cuadros de MÉRITOS y el acta final del concurso.
- Elevarlos para su aprobación por el Titular de la entidad.
Son responsables de todo el proceso y resultado del concurso.
Referencia:
- Art. 13° al 23° D.S. N° 522.
- Numeral 3.3 al 3.9 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 12° y 13° D.L. N° 276.
- Art. 8° D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Anexo 1 D.S. N° 107-87-PCM numerales 2.1 al 2.2, 3.1 al 3.2, 4.2 al 4.3.
- Art. 2° inc. a y c, y 3° del D.S. N° 017-96-PCM.
- Ítem 400-01 R.C. N° 072-98-CG (Derogado por R.C. N° 320-2006-CG Ref. aplicación II Marco Conceptual –Punto 3).
- Las comisiones tendrán una duración de un año, tiempo en el que serán renovada
- Tendrán las funciones siguientes:
- Los conformantes de las comisiones, se abstendrán, en el caso que corresponda, de participar en las comisiones de concursos donde participen familiares hasta el 4to grado de consanguinidad y 2do de afinidad, por razón de matrimonio; debiendo actuar el suplente respectivo.
CAPÍTULO III
DEL PROCESO DEL CONCURSO
- Los jefes de oficina, para cubrir sus plazas vacantes, se dirigirán mediante documento con copia a la Alta Dirección, a la oficina de personal para la cobertura de la plaza respectiva o de personal eventual por contrato administrativo de servicios.
Referencia:
- Numeral 3.1 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 4° numeral 4.1 del D.L. N° 1057 y art. 3° numeral 3.1.1 de su Reglamento D.S. N° 075-2008-PCM.
- La oficina de personal, en coordinación con la oficina de presupuesto, gestionará la cobertura correspondiente de acuerdo a la ley anual de presupuesto.
Referencia:
- Ley Anual de Presupuesto, Austeridad del Gasto Público; según corresponda.
- Art. 6° ley N° 28175.
- Art. 4° numeral 4.2 del D.L. N° 1057 y art. 3° numeral 3.1.1 de su Reglamento D.S. N° 075-2008-PCM.
- Art. 15° al 17° D.S. N° 007-2010-PCM.
- Una vez declarado procedente la cobertura solicitada, la oficina de personal previa visación de la alta dirección para someter a concurso las plazas correspondientes, informará a la comisión de concurso que corresponda, sobre lo actuado para la convocatoria respectiva.
Referencia:
- Ley Anual del Presupuesto. Austeridad del Gasto Público.
- La comisión de concurso que corresponda, previa aprobación de las bases del mismo, convocará a concurso público.
Referencia:
- Art. 15° D.S. N° 522.
- Numeral 3.3 y 3.4 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 7° D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- La convocatoria contendrá las características principales y fechas del concurso y será difundido en el diario oficial y el de mayor circulación del lugar.
Referencia:
- Art. 15° D.S. N° 522.
- Numeral 3.3 y 3.4 R.J. N° 052-80-INAP-DNP.
- Art. 8° inc. c D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Art. 7° y 8° ley N° 28175.
- Art. 16° y 17° del D.S. N° 007-2010-PCM.
CAPÍTULO IV
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
- La unidad de tramite documentario, recepcionará los documentos que presentan los postulantes y separarán para su envío a la comisión.
Referencia:
- Numeral 3.5 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 8° y 9° de la ley N° 28175.
- Art. 12° D.S. N° 089-2006-PCM.
- Artículo 16° al 18° D.S. N° 007-2010-PCM.
Nota.- Adecuar lo que corresponda en procedimiento de contratación administrativa de servicios según D.L. N° 1057 y su Reglamento D.S. N° 075-2008-PCM.
- La comisión respectiva, una vez recibida la documentación de los postulantes, estudiarán y verificarán las mismas, para determinar quienes reúnen los requisitos mínimos exigidos y publicara según cronograma de actividades, las listas de postulantes aptos para el concurso.
Referencia:
- Numeral 3.6 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- La comisión de concurso de profesionales procederá con las siguientes pruebas:
Curricular.-En la que se evaluara: (Anexo A)
- La profesión en relación al cargo que postula (de 10 a 20 puntos).
- Su capacitación previa al concurso (de 10 a 20 puntos).
- Años de experiencia en la administración pública (de 10 a 20 puntos).
- Experiencia en relación con el cargo al que postula (de 10 a 40 puntos).
Nota.- Los criterios de evaluación expuestos en el numeral 15 y 16 del presente capitulo son tentativos, pudiéndose modificar a criterio de las Comisiones de Concurso de cada Entidad.
Se calificará con un máximo de 100 puntos y la prueba tiene carácter eliminatorio.
Los declarados aptos en esta prueba, pasarán a la siguiente y última prueba, con el puntaje estimado por la comisión, según cuadro de evaluación curricular.
- Se emplearan hojas de trabajo para la calificación que luego se sintetizan en el cuadro de evaluación curricular en el orden de méritos a que hubiese lugar
Nota.- Se utilizará tantas hojas de trabajo, como cargos se sometan al concurso (una por cada cargo), donde se detallará a los concursantes y se calificará según los conceptos de evaluación que corresponda (según lo expuesto en el numeral 15 y 16 del presente capitulo)
Referencia:
- Numeral 2.1 y 2.2 Anexo N° 1 D.S. N° 107-87-PCM.
- Ítem 400-02 R.C. N° 072-98-CG (Derogado por R.C. N° 320- 2006-CG. Ref. aplicación III-Normas Generales - punto 5).
- Ítem 700-03 R.C. N° 123-2000-CG.
Entrevista personal.- En la que se evaluara: (Anexo B)
- Presencia, muestra de integridad y de valores éticos (de 05 a 20 puntos).
Referencia:
- Art. 1° del D.S. N° 033-2005-PCM.
- Estabilidad emocional y serenidad en la expresión de sus ideas (de 05 a 20 puntos).
- Capacidad en la solución de problemas (de 05 a 20 puntos).
- Sentido persuasivo, con argumentos validos para lograr aceptación (de 05 a 20 puntos).
- Aptitud y conocimiento para el puesto según experiencias (de 05 a 20 puntos).
Referencia:
- Ítem 400-02 de la R.C. N° 072-98-CG del 26-06-98 (Derogado por R.C. N° 320-2006-03. Ref. aplicación III-Normas Generales - punto 5).
Se calificará con un máximo de 100 puntos, que sumados a la primera prueba, dará un promedio final, en el que clasificarán los mejores (usar hojas de trabajo como en el caso anterior).
Este resultado irá a conformar el cuadro de méritos, de donde los primeros ocuparán las plazas en concurso y los que quedaran integrarían el cuadro de elegibles que podrían a posteriori ocupar una plaza vacante, si así lo requieren las necesidades de la entidad.
Referencia:
- Art. 17° D.S. N° 522.
- Numeral 3.7 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 8° inc. a D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- La comisión de técnicos-auxiliares procederá con las siguientes pruebas:
Curricular:- En la que se evaluará: (Anexo A)
- Los estudios del postulante (de 10 a 40 puntos).
- La capacitación que lleva consigo (de 10 a 20 puntos).
- Experiencia en relación al cargo al que postula (de 10 a 40 puntos).
Se calificará con un máximo de 100 puntos y tendrá carácter eliminatorio.
Los declarados aptos, pasarán, a las siguientes pruebas.
Referencia:
- Numeral 3.1 al 3.2, 4.2 al 4.3 D.S. N° 107-87-PCM.
De conocimientos.-
- Se aplicará las pruebas que formule la comisión de concurso en base a los requerimientos para el cargo que se postule (Según descripción y análisis de cargos).
Referencia:
- Ítem 400-02 de la R.C. N° 072-98-CG del 26-06-98 (Derogado por R.C. N° 320-2006-03 Ref. aplicación III-Normas Generales - punto 5).
- Una vez finalizada la prueba de conocimiento la comisión procederá en forma inmediata a la calificación (que será de 10 a 70 puntos)
Finalizada la calificación se procederá a formular el listado de los postulantes que han quedado aptos para la siguiente y última prueba.
Entrevista personal.- Se evaluará: (Anexo B)
- Presencia, muestra de integridad y valores éticos (de 05 a 10 puntos).
- Estabilidad emocional (de 05 a 10 puntos).
- Aptitud y conocimiento para el puesto según experiencia (de 05 a 10 puntos).
Referencia:
- Art. 17° D.S. N° 522.
- Numeral 3.7 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 8° inc. a D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- ítem 400-02 de la R.C. N° 072-98-CG (Derogado por R.C. N° 320-2006-03 Ref. aplicación III-Normas Generales - punto 5).
CAPÍTULO V
CUADRO DE MÉRITOS Y ACTA FINAL
- El cuadro de méritos se formulará con los resultados obtenidos, en forma descendente, por grupos ocupacionales y niveles.
Referencia:
- Numeral 3.8 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 8° inc. b D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- La comisión de concurso declarará ganadores a los postulantes que hayan obtenido en estricto orden de méritos, los puntajes más altos (promedio de notas).
- Estos cuadros serán firmados por los conformantes de la comisión de concurso.
- Al término de todo este proceso, será formulada el acta final según Anexo N° 1 en base a los resultados del cuadro de méritos; y donde figurarán la declaración de ganadores de cada plaza sometida a concurso.
- El acta final será firmada por la comisión en original y cuatro (04) copias.
- Mediante informe y acompañando el original y copia de todo lo actuado, la comisión hará de conocimiento del titular del pliego el resultado del concurso; quien a su vez, ordenará por escrito a la oficina de personal realizar las acciones correspondientes al nombramiento o contratación del personal declarado ganador del concurso.
Referencia:
- Numeral 3.9 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 8° inc. b y c D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Art. 30° D.S. N° 005-90-PCM.
CAPÍTULO VI
DEL NOMBRAMIENTO O CONTRATACIÓN
- Con la documentación remitida por el titular de la entidad, la oficina de personal formulará la resolución de nombramiento o contrato respectivo, para la firma del titular.
Referencia:
- Numeral 3.10 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 3° D.L. N° 22867.
- Se tomará en cuenta la ley N° 27588 y su Reglamento. D.S. N° 019-2002-PCM y ley N° 26771 y su Reglamento D.S. N° 021-2000-PCM.
- Art. 3° numeral 4 D.S. N° 075-2008-PCM Reglamento del D.L. N° 1057.
- Firmada la resolución, la oficina de personal por intermedio de la oficina de trámite documentario, comunicará al postulante la fecha de incorporación a la entidad y las funciones a desempeñar según el cargo.
Referencia:
- Art. 9° D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Art. 74° D.S. N° 005-90-PCM.
- Integrado al ambiente laboral y según figure en la resolución de ingreso, el postulante deberá pasar un periodo de capacitación inicial sobre los fines y objetivos de la entidad, derechos y obligaciones, y las funciones a desempeñar; no existiendo período de prueba.
Referencia:
- Numeral 3.11 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 34° y 35° del D.S. N° 005-90-PCM.
- Art. 10° de la Ley N° 28175.
- Art. 19° D.S. N° 007-2010-PCM.
- Se evaluará la capacitación inicial, con el fin de asegurar el cumplimiento y eficacia de las funciones encomendadas al nuevo personal.
Referencia:
- Numeral 3.12 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 8° D.S. N° 107-87-PCM.
- Art. 35° D.S. N° 005-90-PCM.
- Art. 20° D.S. N° 007-2010-PCM.
CAPÍTULO VII
DE LAS EXCEPCIONES AL CONCURSO
- Están exceptuados del concurso de ingreso los siguientes casos (salvo las prohibiciones consignadas en la ley N° 26771 y su reglamento D.S. N° 021-2000-PCM, y en el
D.S N° 019-2002-PCM y el D.S. N° 017-96-PCM), como sigue:
- La designación de personal.- Para desempeñar cargo de confianza, con los derechos y limitaciones que las leyes establecen; cesando en el servicio al término de las actividades para el que fue designado.
Referencia:
- Art. 12° D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Art. 77° D.S. N° 005-90-PCM.
- D.S. N° 017-96-PCM.
- El reingreso de personal.- Siempre que se trate de personal de carrera, cuyo reingreso se produzca a un mismo nivel o menor al que tenía al cese; y que ocurra dentro de los dos (02) años posteriores a dicho cese o cinco (05) años de haber cesado por incentivos económicos (En caso de destitución previo proceso administrativo disciplinario, el servidor queda inhabilitado para desempeñarse en la administración pública bajo cualquier forma o modalidad en un periodo no menor de cinco (05) años – art. 159° del D.S. N° 005-90-PCM modificado por el art. 1° de la Ley N° 26488-Pub. 21-06-95).
Referencia:
- Art. 11° D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Art. 81° D.S. N° 007-2010-PCM.
- El contrato de personal.- Para el desempeño de un cargo requerido con urgencia, que por su alta especialidad o característica, no se cuenta con candidato que reúna dichas condiciones y se opta por el más cercano y competente al requerimiento.
Referencia:
- Ítem 700-03 inc. 03 y 04 de la R.C.N° 123-2000-CG y 700-04 inc. 05 y 06.
- Art. 61° D.S. N° 007-2010-PCM.
- La reasignación de personal.- Que provenga de otra entidad; para ocupar plaza o cargo de igual o menor nivel al que tenía en su lugar de origen. Puede ser empleado de carrera o contratado permanentemente.
Referencia:
- Art. 13° inc. a D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Art. 2° D.L. N° 22867.
- Art. 79° del D.S. N° 005-90-PCM.
- La transferencia de personal.- Procedentes de otra entidad, que pasan con su dotación presupuestal, por necesidad del servicio y deben contar con informe sustentatorio de la oficina de personal correspondiente.
Referencia:
- Art. 13° inc. c D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Art. 84° del D.S. N° 005-90-PCM.
- La designación de personal.- Para desempeñar cargo de confianza, con los derechos y limitaciones que las leyes establecen; cesando en el servicio al término de las actividades para el que fue designado.
- En los casos descritos en el numeral 27 del presente capitulo, la oficina de personal, hará de conocimiento de la respectiva comisión de concurso, el pedido fundamentado de la jefatura correspondiente, acompañando la documentación que el caso requiera, y se procederá de acuerdo a los numerales 15 y 16 (curricular) expuestos en el Capitulo IV, según el caso.
- La condición de empleado de carrera, de adscrito o de contratado, deben especificarse en las resoluciones que autoricen el ingreso de personal.
Nota.- Aplicar los procesos técnicos que el cargo requiera, según descripción en los artículos 74° al 84° del D.S. N° 005-90-PCM del 15-01-90.
CAPÍTULO VIII
FASE FINAL Y RESPONSABILIDAD
- La comisión de concurso archivará por tiempo indefinido y para las acciones de control, el proceso y resultados de los concursos.
- Se formulará una lista de elegibles, con vigencia de seis (06) meses, con los postulantes que hayan sido aprobados y que por razones de número de vacantes, no hayan podido ingresar.
Referencia:
- Art. 8° inc. b D.S. N° 018-85-PCM (Derogado por D.S. N° 009-2010-PCM del 17-01-2010 - Reglamento del D.L. N° 1025).
- Art. 33° D.S. N° 005-90-PCM.
- La oficina de personal y comisiones de concurso, son responsables por el cumplimiento del proceso de selección e ingreso de personal en la entidad, y la oficina de control interno, por verificar su debida aplicación.
Referencia:
- Numeral 5 Norma I R.J. N° 052-80-INAP-DNP (Referencial: Derogado tácitamente por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Ver Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2010-SERVIR/PE).
- Art. 1° inc. b D.L. N° 22867.
- Referencia: la Escuela Nacional de Control y la Secretaria Gubernamental de la Contraloría General de la República han sido los encargados de difundir la R.C. N° 072-98-CG del 26-06-98 (Derogado por R.C. N° 320-2006-CG del 30-10-2006 Ref. aplicación III-Normas Generales - punto 4) y la R.C. N° 123-2000-CG del 23-06-2000 y promover su cumplimiento.
- Art. 15° D.L. N° 1023.
- Art. 18° D.S. N° 007-2010-PCM.
ANEXO A
CUADRO DE EVALUACIÓN CURRICULAR
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Nota.- Aplicar lo expuesto en el numeral 15 y 16 del Capitulo IV según corresponda.
ANEXO B
CUADRO DE MÉRITOS
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Nota.- Aplicar lo expuesto en el numeral 17 del Capitulo V.
ANEXO N° 1
ACTA FINAL
NOMBRE DE LA ENTIDAD ACTA FINAL En ………. a los ………. días del mes de ………. se reunió la comisión de ………. integrada por ……..como presidente, ………. como secretario, y ………. (otros miembros); para declarar los resultados del concurso público, llevado a cabo en los días ………., de acuerdo a las bases formuladas por la comisión; como sigue: |
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Órgano o Unidad Operativa | ||||
Cargo | ||||
Oficina | ||||
Grupo Ocupacional | ||||
*Concursantes | Curricular | Conocimiento | Entrevista Personal | Nota Promedio |
*Profesionales, Técnicos o Auxiliares (según el caso) |
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Declarando ganador a: ………. (Según anexo B, donde figura la nota final promedio) En conformidad del cual, firman los integrantes de la comisión de concurso. |
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Presidente de la Comisión de Selección |
Miembro de la Comisión de Selección |
Miembro de la Comisión de Selección |
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Representante de Profesionales, Técnico o Auxiliares (opcional) |
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Observación | Aquí figurará el total de concursantes a un cargo (x), declarándose ganador al de más alto puntaje. |
Habrá tantas actas como plazas se han sometidos a concurso.
MANUAL VIRTUAL: INGRESO DE PERSONAL