¿Por Qué? ¡La Corrupción!

Hoy trataremos el punto álgido que vive, no solamente el Perú, sino, infinidad de países del orbe, en el tema corrupción de autoridades, funcionarios y servidores públicos, que en nuestro país representan en estos momentos, la apertura de miles de juicios por éste concepto.

Esto significa claramente, el desconocimiento tanto de los involucrados, como de asesores y funcionarios de primer nivel, de la estructura de normas y leyes creadas por los gobiernos, para una adecuada administración de los recursos públicos, y el incumplimiento o mal uso de los mismos, por parte de organismos cuyo fin es cautelar, prevenir, corregir y de dirigir el gasto público hacia las metas previstas en sus programas, bajo un control razonable de sus acciones.

La administración pública parte del conocimiento y aplicación de las normas y leyes al detalle que tenga una autoridad, funcionario o empleado estatal, como medio seguro de administrar su patrimonio y recursos, para evitar problemas posteriores y cumplir con los deberes de función a ellos encomendados.

A continuación algunos ejemplos en el tema que nos ocupa, que pueden ocurrir por el desconocimiento de acciones y procesos de gestión y sus normas, como sigue:

INDICADOR: INGRESO DE PERSONAL

Este indicador activado por las leyes 11377, 276, R.J. Nº 052-80-INAP-DNP, 28175, 27588, 26771, 1057, D.S. Nº 075-2008-PCM y D.S. Nº 007-2010-PCM, etc.; establecen una serie de disposiciones para el ingreso de personal en la administración pública.

Acción del Concurso

Para someter una plaza a concurso, se tendrá en cuenta lo siguiente:

  1. Que la ley anual de presupuesto no contemple la austeridad del gasto, de lo contrario, se contraviene la ley, provocando sanciones, reparos de forma y cargo para los responsables de ésta autorización (Procesos administrativos y/o judiciales).
  2. Que cuente con el informe previo de la oficina de personal y presupuesto, que autoricen la cobertura de plaza para concurso.
  3. Que la comisión de concurso designada por la autoridad competente, en el caso de participar un postulante ligado familiarmente a uno de sus componentes, se abstendrá de dicho proceso, de lo contrario, comete infracción penada por la ley (Ref. art. 3° D.S. Nº 017-2002-PCM), etc.

Del Resultado

Que ésta acción para declararse valida, debe contar con la documentación que sustente el proceso de acuerdo a las normas y leyes emitidas al respecto, como sigue:

  1. Tener la documentación que sustente el cuadro de méritos resultante del proceso de concurso.
  2. Contar con el acta final del concurso, en la cual se declara vencedor a “x” postulante.
  3. Contar con el cuadro de elegibles, como resultado del concurso, que describe la relación de postulantes que han aprobado el concurso por orden de méritos y que no han ingresado (Ingresó 1 o 2 de cada lista de plaza) y que pueden ingresar en cualquier momento al ocurrir una plaza vacante en la entidad, evitándose otros proceso de concurso.

Cuando existe un ordenamiento institucional en la aplicación de normas y leyes emitidas para administrar su patrimonio y recursos, el tema corrupción no se manifiesta, por ende, los programas y planes de un gobierno se cumplen a cabalidad, en beneficio del desarrollo de un país y de todas sus instituciones.

El desconocimiento, desorden o defectuosa aplicación del sistema legal, trae consigo el resquebrajamiento de las instituciones de un país, de sus autoridades y la esperanza de su pueblo por alcanzar su desarrollo.

Por esta razón BPA – Procesos Corporativos, esta tratando, mediante su Servicio Informativo OnLine BPA - Virtual, de armonizar un ordenamiento de aplicación de las leyes emitidas por nuestro gobierno, agilizando de esta manera la gestión pública, ahorrando tiempo y dinero. Comencemos la modernidad de la gestión pública evitando la corrupción y los problemas judiciales de tantas autoridades y funcionarios públicos, por desconocimientos de los procesos con las normas.