Ley que autoriza el nombramiento de trabajadores administrativos del sector educación

LEY N° 28676

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

La Comisión Permanente del Congreso de la República

ha dado la Ley siguiente

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA:

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA EL NOMBRAMIENTO DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR EDUCACIÓN

Articulo único.- Del objeto de la Ley

Autorizase el nombramiento de los trabajadores administrativos del Sector educación que a la fecha de la vigencia de la presente Ley se encuentren laborando en la condición de contratados, por no menos de tres (3) años en plazas orgánicas presupuestadas y siempre y cuando cumplan con los requisitos previstos en el articulo 15° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- De la reglamentación

En un plazo no mayor de sesenta (60) días, el Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley.

SEGUNDA.- De las normas derogatorias

Deróganse las disposiciones legales o administrativas que se opongan a la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los tres días del mes de febrero de dos mil seis

MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República

RONNIE JURADO ADRIAZOLA Cuarto Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil seis

ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros

LEY N° 28676

Ley que autoriza el nombramiento de trabajadores administrativos del sector educación (Dado 03-02-2006 / Promulgado 24-02-2006 / Publicado 25-02-2006)