Modifican el Formato Único de Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas

DECRETO SUPREMO N° 047-2004-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 41 de la Constitución Política del Perú establece que los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos. La respectiva publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley;

Que, mediante la Ley N° 27482 - Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado, se establece la obligación de presentar la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado y los mecanismos de su publicidad, independientemente del régimen bajo el cual laboren, contraten o se relacionen con el Estado, la que contendrá todos los ingresos, bienes y rentas, debidamente especificados y valorizados tanto en el país como en el extranjero, conforme a formato único aprobado por el Reglamento de la citada Ley;

Que, mediante Decreto Supremo N° 080-2001-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley N° 27482 - Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos, y de Bienes y Rentas de los funcionarios públicos del Estado, que incluye como anexo el Formato Único de Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas;

Que, con la finalidad de discriminar entre los ingresos que perciben los funcionarios y servidores públicos provenientes de sus actividades en el Sector Público de aquellos percibidos por sus actividades en el Sector Privado, y contribuir de esta manera a la transparencia de la información, resulta conveniente modificar el Formato Único de Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas antes mencionado;

De conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y lo dispuesto en la Ley N° 27482 - Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado;

DECRETA:

Artículo 1.- Modifican el Formato Único de Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas

Modificar el Formato Único de Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas establecido por el Reglamento de la Ley N° 27482 - Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos, y de Bienes y Rentas de los funcionarios públicos del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2001-PCM, que en anexo forma parte del mismo, de acuerdo con el Anexo adjunto al presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil cuatro.

ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros

BALDO KRESALJA ROSSELLÓ Ministro de Justicia

DECRETO SUPREMO N° 047-2004-PCM

Modifican el Formato Único de Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas (Dado 23-06-2004 / Publicado 24-06-2004)