Declaran que diversas normas no forman parte del ordenamiento jurídico vigente

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 49-2010-SERVIR/PE

Lima, 27 JUL 2010

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1023 ha creado la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como un organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el literal c) del artículo 10°, de dicha norma establece que es función de la Autoridad Nacional del Servicio Civil dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación de indicado Sistema Administrativo;

Que, por su parte, el artículo 11°, inciso a), del mismo dispositivo establece que la atribución normativa que corresponde a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado;

Que, uno de los problemas identificados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil al asumir funciones fue, dentro de su ámbito normativo, la inexistencia de una sistematización de las normas relacionadas al servicio civil peruano;

Que, frente a dicho problema, a lo largo del año pasado, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ha llevado a cabo una identificación y compilación exhaustiva de las normas existentes vinculadas con el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado Peruano;

Que respecto de las normas emitidas por el que fuera el Instituto Nacional de Administración Pública, se han identificado un importante número de Resoluciones Jefaturales y Directorales, advirtiendo la necesidad de declarar que muchas de ellas han perdido vigencia;

Que, tal declaración además de facilitar la labor de los operadores del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Sector Público, otorgará seguridad jurídica;

Que, un primer grupo de normas han sido materia de derogación expresa, correspondiendo únicamente declarar su pérdida de vigor por dicha razón. Este es el caso de:

  • Las Resoluciones Directorales N° 007, 008 y 009-76-INAP-DNP-UN, que fueron expresamente derogadas por el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 001-93-INAP/DNP; y,
  • Las Resoluciones Directorales N° 009, 010, 011, 014, 021 y 026-77-INAP-DNP-UN que, entre otras, fueron expresamente derogadas por el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 013-92-INAP/DNP;

Que, un segundo grupo de normas han sido materia de derogación tácita, por resultar incompatibles con normas emitidas con posterioridad. Este es el caso de:

  • La Resolución Directoral N° 001-76-INAP/DNP, que aprobó el Manual Normativo N° 001-76-DNP: "Formulación y Atención de Consultas y/o Sugerencias en el Sistema de Personal", derogada tácitamente por el artículo 111° y por el Capítulo IV del Título II de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
  • La Resolución Directoral N° 004-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 004-76-DNP: "Vacaciones", derogada tácitamente por el artículo 102° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM;
  • La Resolución. Directoral N° 006-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 006-76-DNP-UN: "Procesos administrativos", derogada tácitamente por el Capítulo V, "Del Régimen Disciplinario", del Título I, del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 011-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo de Personal N° 011-76-DNP, "Declaración jurada de bienes y rentas", materia que fue regulada por la Ley N° 24801 que, a su vez, fue derogada por la Ley N| 27482, Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado;
  • La Resolución Directoral N° 012-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 012-76-INAP-DNP-UN: "Gastos de sepelio", derogada tácitamente por el artículo 145° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM;
  • La Resolución Directoral N° 013-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 013-76-INAP-DNP-UN: "Gastos de luto", derogada tácitamente por el artículo 144° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM;
  • La Resolución Directoral N° 015-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 015-76-INAP-DNP-UN: "Renuncia de personal", derogada tácitamente por los artículos 41° y 1859 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por Decreto Supremo N" 005-90-PCM;
  • La Resolución Directoral N° 016-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo de Personal N° 016-76-INAP-DNP-UN: "Cese de personal", derogada tácitamente por el Capítulo V, "Del Régimen Disciplinario", del Título I, del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 017-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 017-76-INAP-DNP-UN: "Destitución de personal", derogada tácitamente por el Capítulo V, "Del Régimen Disciplinario", del Título I, del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 024-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 024-76-INAP-DNP-UN: "Gratificación por 25 años de servicio", derogada tácitamente por el Capítulo IV, "De los beneficios", del Título II, del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 026-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 026-76-INAP-DNP-UN: "Reincorporación de personal", derogada tácitamente por el literal k) del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 029-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 029-76-INAP-DNP-UN: "Recurso impugnativo", derogada tácitamente por el Capítulo II del Título III de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
  • La Resolución Directoral N° 031-76-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 031-76-INAP-DNP-UN: "Quejas y reclamos de personal", derogada tácitamente por el Capítulo II del Título III de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
  • La Resolución Directoral N° 001-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 033-77-DNP-UN; "Poder para cobro de remuneraciones y/o pensiones", derogada tácitamente por el artículo 22° de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por la Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77.15;
  • La Resolución Directoral N° 002-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 034-77-DNP: "Reconocimiento de asociaciones de trabajadores del Estado", derogada tácitamente por el Título II de la Sección II del Libro I del Código Civil;
  • La Resolución-Directoral-N° 003-77-lNAP-DNP-UN7 que aprobó el Manual Normativo N° 035-77-DNP: "Aceptación tácita por silencio administrativo", derogada tácitamente por la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo;
  • La Resolución Directoral N° 005-77-INAP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 002-77-DNP: "Subsidio familiar", tácitamente derogada por el artículo 52° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 006-77-1NAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 006-77-INAP-DNP-UN: "Remuneración por trabajo en horas extraordinarias", derogada tácitamente por el artículo 55° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 012-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 038-77-DNP: "Nombramiento de personal", derogada tácitamente por el Capítulo II, "Del ingreso", del Título I del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, por el artículo 28° del Reglamento del Decreto Legislativo 276, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, por el Decreto Supremo N° 017-96-PCM, Procedimiento a seguir para la selección, contratación de personal y apertura de plazas en organismos públicos, por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en ei nombramiento y designación de funcionarios públicos, por la Ley N° 27482, Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, así como por el Decreto Legislativo N° 1025, que aprueba normas de capacitación y rendimiento para el Sector Publico;
  • La Resolución Directoral N° 015-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 039-77-DNP: "Contrato de personal", derogada tácitamente por eí Capítulo II, "Del ingreso", del Título I del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 016-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 040-77-DNP: "Ascenso de personal", derogada tácitamente por el Capítulo III, "Del ascenso en la carrera", del Título I del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como por el artículo 45° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM;
  • La Resolución Directoral N° 018-77-lNAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 041-77-DNP: "Promoción de personal", derogada tácitamente por el Título II, "Del Sistema Único de Remuneraciones", del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 019-77-1NAP-DNP-UN, qué aprobó el Manual Normativo N° 037-77-DNP: "Liquidación de tiempo de servicios", derogada tácitamente por el literal c} del artículo 54° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 020-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 042-77-DNP: "Remuneración personal", derogada tácitamente por el Título II, "Del Sistema Único de Remuneraciones", del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 022-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 043-77-DNP: "Subsidio aguinaldo", derogada tácitamente por el artículo 54° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
  • La Resolución Directoral N° 023-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 044-77-DNP: "Reemplazo de personal", derogada tácitamente por el artículo 15° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como por los artículos 38° y 39° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM;
  • La Resolución Directoral N° 025-77-INAP-DNP-UN, que aprobó el Manual Normativo N° 046-77-DNP: "Comisión de servicio para capacitación", derogada tácitamente por el artículo 113° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por el por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que a su vez fue derogado por la disposición complementaria derogatoria única del Decreto Supremo N° 009-2010-PCM, que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1025;
  • La Resolución Jefatural N° 052-80-INAP-DNP, que aprobó normas sobre el Sistema de Personal respecto de ingreso, declaración jurada de bienes y rentas, control de asistencia y permanencia de personal, registro de personal, desplazamiento de personal, evaluación del comportamiento laboral, capacitación de personal y reglamento interno de personal, derogada tácitamente por las disposiciones del artículo 75° y el Capítulo XII del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, así como por la Ley N° 24801, que a su vez fue derogada por la Ley N° 27482, Ley que regula la publicación de ia Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, por la sexta disposición complementaria final del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así como por el Decreto Legislativo N° 1025, que aprueba normas de capacitación y rendimiento para el sector publico;
  • La Resolución Jefatural N° 482-84-INAP-DNP-DEPYD, que aprobó la Directiva N° 001-84-INAP/SNP-DEPYP, que normó la Programación, Ejecución y Evaluación del Plan Integrado del Sistema de Personal, derogada tácitamente por el Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil;
  • La Resolución Jefatural N° 100-85-INAP-DNP, por la que se aprobó la Directiva N° 002-85-INAP/DNP "Normas para la Aplicación de la Ficha Registral de Funcionarios, Servidores de la Administración Pública y Pensionistas del Estado y documentos conexos", derogada tácitamente por el literal m) del artículo 10° y por la sexta disposición complementaria final del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestlón de Recursos Humanos.
  • La Resolución Jefatural N° 399-86-INAP/DNP, que aprobó la Directiva N° 02-86-INAP/DNP, sobre actualización permanente del Registro Nacional de Funcionarios y Servidores Públicos, derogada tácitamente por el literal m) del artículo 10° y por la sexta disposición complementaria final del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;
  • La Resolución Jefatural N° 011-93-INAP-DNP, que aprobó la Directiva N° 001-93-INAP/DNP, para la actualización permanente del Registro Nacional de Funcionarios en cargos de confianza en el Sector Público Nacional, derogada tácitamente por el literal m) del artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; y,
  • La Resolución Jefatural N° 080-93-1NAP-J, que aprobó la Directiva N° 006-93-INAP/DNP, sobre el procedimiento de remisión de información acerca de la organización y actualización de los Funcionarios, Servidores Activos y Cesantes a cargo del Estado, derogada tácitamente por el literal m) del artículo 10° y por la sexta disposición complementaria final del Decreto Legislativo N° 1023, Decreto legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

Que, un tercer grupo de normas han devenido en insubsistentes, al haber estado ligada su aplicación a la existencia del Instituto Nacional de Administración Púbiica, que mediante Ley N° 26507 fue disuelto. Es el caso de:

  • La Resolución Jefatural N° 512-90-1NAP-DITACC, que aprobó la Guía de Asistencia Técnica y Consultoría rte 001-90-INAP/DITACC en la que se estableció el Marco Conceptual, Referencial y Organizativo de la Asistencia Técnica y Consultoría que el Instituto Nacional de Administración Pública brindaba al Sector Público;
  • La Resolución Jefatural N° 230-91-INAP/J, que aprobó la Directiva N° 002-91-INAP/DNP normando el procedimiento para la formulación y atención de ias consultas a nivel del Sistema de Personal que el Instituto Nacional de Administración Pública brindaba al Sector Público;
  • La Resolución Jefatural N° 064-92-INAP-OE, que aprobó la Directiva N° 001-92-INAP/OE, que estableció las normas y procedimientos para la recopilación y remisión de la información estadística del personal de la administración pública a la Oficina de Estadística dei Instituto Nacional de Administración Pública;
  • La Resolución Jefatural N° 039-93-lNAP-J, que aprobó la Directiva N° 005-93-INAP/J, que normó el Programa de Evaluación del Rendimiento a ser aplicado al personal del Instituto Nacional de Administración Pública;
  • La Resolución Jefatural N° 079-93-INAP-J, que aprobó la Directiva N° 007-93-INAP/DNP, que aprobó las normas para la Programación, Ejecución y Evaluación del Plan de Trabajo de las Oficinas de Personal de las Organismos de la Administración Publica y el Plan Integrado Anual del Sistema de Personal a cargo de Dirección Nacional de Personal del Instituto Nacional de Administración Pública;
  • La Resolución Jefatural N° 078-95-INAP/ESAP-DT, que aprobó la Directiva 001-95-INAP/ESAP-DT, que normó el procedimiento para el otorgamiento de becas para estudios de post grado y cursos de capacitación y extensión dictados en la Escuela Superior de Administración Pública;
  • La Resolución Jefatural N° 099-INAP-J, que aprobó la Directiva N° 001-94-INAP/J, que estableció las normas para la evaluación semestral de los trabajadores del Instituto Nacional de Administración Pública;

Que, un cuarto grupo de normas fueron dictadas para regir de manera temporal, por lo que su vigencia estuvo ligada al periodo para el que fueron dictadas, o Regularon situaciones transitorias, agotando sus efectos. Es el caso de:

  • la Resolución Jefatural N° 030-88/INAP-DNC, que aprobó la Directiva N° 01-87-INAP-DNC, por la que fueron establecidos los "Lineamientos de Política del Sistema Nacional de Capacitación para 1988";
  • la Resolución Directoral N° 016-88-INAP/DNP, que aprobó la Guía Metodológica para la culminación del proceso de incorporación a los grupos ocupacionales en la primera etapa de la carrera administrativa;
  • la Resolución Jefatural N° 120-88-INAP/DNP, que aprobó la Directiva 01-88-INAP/DNP, por la que fueron establecidos los "Lineamientos de Política del Sistema Nacional de Personal para 1988";
  • la Resolución Jefatural N° 029-90-INAP-DNR, que atribuyó a los titulares de las entidades de la administración pública con personal comprendido en el Decreto Legislativo N° 276, la responsabilidad de ejecutar el proceso de incorporación a ios grupos ocupacionales de la carrera administrativa, primera etapa, y de categorización remunerativa, segunda etapa, así como de la inmediata expedición de las resoluciones aprobatorias de la culminación de tales procesos;
  • La Resolución Directoral N° 012-90-INAP-DNP, que aprobó la Directiva N° 001-90-INAP/DNP, por la que fueron establecidos los "Lineamientos de Políticas del Sistema Nacional de Personal para el año 1990";
  • La Resolución Jefatural N° 060-92-INAP-DITACC, que aprobó la Directiva W 001-92-iNAP/DITACC, que estableció los "Lineamientos de Política del Sistema Nacional de Capacitación para el año 1992";
  • La Resolución Jefatural N° 298-90-INAP-DITACC, que aprobó el documento "Orientaciones para la Formulación y Ejecución del Plan de Reconversión Ocupacional en la Administración Pública";
  • La Resolución Jefatural N° 525-90-INAP/DITACC, por la que se aprobó la Directiva N° 001-90-INAP/DITACC, estableciéndose "Lineamientos de Política del Sistema Nacional de Capacitación para 1990-1991";
  • La Resolución Jefatural N° 010-91-INAP/J, que aprobó la Directiva N° 01-91-INAP/DNP, que norma la aplicación del Decreto Supremo N° 004-91-PCM, que declaró en estado de reorganización a todas las entidades públicas comprendidas en el Gobierno Central, Gobiernos Regionales, Instituciones Públicas Descentralizadas, Corporaciones de Desarrollo y Proyectos Especiales, norma cuya vigencia se extendió hasta marzo de 1992;
  • La Resolución Jefatural N° 196-91-INAP-J, que aprobó las Directlvas y orientaciones complementarias para el proceso de reorganización de la Administración Pública en aplicación del Decreto Supremo N° 004-91-PCM, que declaró en estado de reorganización a todas las entidades públicas comprendidas en el Gobierno Central, Gobiernos Regionales, Instituciones Públicas Descentralizadas, Corporaciones de Desarrollo y Proyectos Especiales;
  • La Resolución Jefatural N° 207-91-INAP-J, que aprobó la Directiva N° 004-91-INAP/DNP, normando el procedimiento para la aplicación del Decreto Supremo l\|9 064-91-PCM, que estableció hasta en 90 días el plazo para que el Titular del Sector o quien éste determine acepte la renuncia que presenten los Funcionarios, Directivos y Servidores del Grupo Ocupacional Profesional que se acojan a los incentivos excepcionales y extraordinarios norma cuya vigencia se extendió hasta octubre de 1991;
  • La Resolución Jefatural N° 030-92-INAP-DNP, que aprobó la Directiva N° 001-92-INAP/DNP, estableciendo "Lineamientos de Política del Sistema Nacional de Personal para el año 1992";
  • La Resolución Jefatural N° 057-92-INAP-DNP, que aprobó la Directiva N° 002-92-INAP/DNP, que normó los procedimientos de aplicación al personal declarado excedente en las diversas entidades de la Administración Pública al que hacía referencia el Decreto Supremo N° 166-91-PCM, que dictó medidas con el fin de completar el proceso de reorganización de la Administración Pública establecido por el Decreto Supremo N° 004-91-PCM, norma cuya vigencia se extendió hasta abril de 1992;
  • La Resolución Jefatural N° 108-93-INAP-DNP, que aprobó la Directiva N° 004-93-INAP/DNP, sobre "Normas para el Registro Especial Nacional del Personal del Sector Público que se acogió a los Programas de Renuncias Voluntarias con Incentivos y del Personal cesado automáticamente sin incentivos por causal de Reorganización" en aplicación de la Ley 25334, que autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Gobierno Central para el Ejercicio Fiscal de 1991, cuya vigencia se extendió hasta diciembre 1996;
  • La Resolución Jefatural N° 054-94-INAP-J, que aprobó la Directiva N° 001-94-INAP/DNP, sobre "Lineamientos de Política del Sistema Nacional de Personal para el año 1994";
  • La Resolución Jefatural N° 019-95-INAP-DNP, que aprobó la Directiva N° 001-95-INAP/DNP sobre "Lineamientos de Política del Sistema Nacional de Personal para el año 1995";

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo l°.- Declarar que las siguientes normas no forman parte del ordenamiento jurídico vigente al haber sido expresamente derogadas:

  • las Resoluciones Directorales N° 007, 008 y 009-76-INAP-DNP-UN y
  • las Resoluciones Directorales N° 009, 010, 011, 014, 021 y 026-77-INAP-DNP-UN

Artículo 2°.- Declarar que las siguientes normas no forman parte del ordenamiento jurídico vigente al haber sido tácitamente derogadas:

  • la Resolución Directoral N° 001-76-INAP/DNP
  • la Resolución Directoral N° 004-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 006-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 011-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 012-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 013-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 015-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 016-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 017-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 024-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 026-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 029-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 031-76-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 001-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 002-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 003-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 005-77-INAP-UN
  • la Resolución Directoral N° 006-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 012-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 015-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 016-77-iNAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 018-77-INAP-DNP-UN
  • La Resolución Directoral N° 019-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 020-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N ° 022-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 023-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Directoral N° 025-77-INAP-DNP-UN
  • la Resolución Jefatural N° 052-80-INAP-DNP
  • la Resolución Jefatural N° 482-84-INAP-DNP-DEPYD
  • la Resolución Jefatural N° 100-85-INAP-DNP
  • la Resolución Jefatural N° 399-86-INAP/DNP
  • la Resolución Jefatural N° 011-93-INAP-DNP
  • la Resolución Jefatural N° 080-93-INAP-J

Artículo 3°.- Declarar que las siguientes normas han perdido vigencia al haber estado vinculada su aplicación a la existencia del Instituto Nacional de Administración Pública, entidad cuya disolución fue declarada por la Ley N° 26507:

  • la Resolución Jefatural N° 512-90-INAP-DITACC
  • la Resolución Jefatural N° 230-91-INAP/J
  • la Resolución Jefatural N° 064-92-INAP-OE
  • la Resolución Jefatural N° 039-93-iNAP-J
  • La Resolución Jefatural N° 079-93-INAP-J
  • la Resolución Jefatural N° 078-95-INAP/ESAP-DT
  • la Resolución Jefatural N° 099-INAP-J

Artículo 4°.- Declarar que las siguientes normas no forman parte del ordenamiento jurídico vigente, al haber tenido un contenido temporal:

  • la Resolución Jefatural N° 030-88/INAP-DNC
  • la Resolución Directoral N° 016-88-INAP/DNP
  • la Resolución Jefatural N° 120-88-INAP/DNP
  • la Resolución Jefatural N° 029-90-1NAP-DNR
  • la Resolución Directoral N° 012-90-INAP-DNP
  • la Resolución Jefatural NS 060-92-INAP-DITACC
  • la Resolución Jefatura! N° 298-90-INAP-DITACC
  • la Resolución Jefatural N° 525-90-INAP/DITACC
  • la Resolución Jefatural N° 010-91-INAP/J
  • la Resolución Jefatural N° 196-91-INAP-J
  • la Resolución Jefatural N° 207-91-INAP-J
  • la Resolución Jefatural N° 030-92-INAP-DNP
  • la Resolución Jefatural N° 057-92-INAP-DNP
  • la Resolución Jefatural N° 108-93-INAP-DNP
  • la Resolución Jefatural N° 054-94-INAP-J
  • la Resolución Jefatura! N° 019-95-INAP-DNP

Artículo 5°.- Las disposiciones que las entidades hayan dictado regulando internamente los diferentes aspectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se mantienen en vigor en tanto no sean incompatibles con la normatividad vigente, hasta que la Autoridad Nacional del Servicio Civil emita las normas generales respectivas.

Artículo 6°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

NURIA ESPARCH FERNANDEZ Presidenta Ejecutiva AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL