Ley que prorroga las exoneraciones del artículo 19 del TUO de la ley del impuesto a la renta, aprobado por decreto supremo 179-2004-EF
LEY N° 29820
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PRORROGA LAS EXONERACIONES DEL ARTÍCULO 19 DEL TUO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA, APROBADO POR DECRETO SUPREMO 179-2004-EF
Artículo 1. Prórroga de las exoneraciones
Sustitúyese el encabezado del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo 179-2004-EF, por el siguiente texto:
“Artículo 19.- Están exonerados del impuesto hasta el 31 de diciembre de 2012:”
Artículo 2. Informe del Ministerio de Economía y Finanzas
En un plazo de 90 días a partir del día siguiente de publicada la presente Ley, el Ministerio de Economía y Finanzas envía a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República un estudio sobre las exoneraciones del artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de evaluar sus beneficios y alcances.
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil once.
DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República
MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil once.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros
LEY N° 29820
Ley que prorroga las exoneraciones del artículo 19 del TUO de la ley del impuesto a la renta, aprobado por decreto supremo 179-2004-EF (Dada 20-12-2011 / Promulgada 27-12-2011 / Publicada 28-12-2011)