Ley que prorroga las exoneraciones contenidas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta y posterga la entrada en vigencia de varios artículos y disposiciones del Decreto Legislativo Nº 972
LEY N° 29308
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PRORROGA LAS EXONERACIONES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Y POSTERGA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE VARIOS ARTÍCULOS Y DISPOSICIONES DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 972
Artículo 1.- Exoneraciones
Sustitúyese el encabezado del artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificado por el Decreto Legislativo Nº 970, por el siguiente texto:
“Artículo 19.- Están exonerados del impuesto hasta el 31 de diciembre de 2011:”
Artículo 2.- Vigencia del Decreto Legislativo Nº 972
Sustitúyese la única disposición complementaria final del Decreto Legislativo Nº 972, por el siguiente texto:
“Única.- Vigencia
El presente Decreto Legislativo entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2009, con excepción de los artículos 5, 6, 16, 17 y 20; las disposiciones complementarias transitorias Segunda y Tercera; y los incisos a) y d) de la disposición complementaria derogatoria Única, los que entran en vigencia el 1 de enero de 2010.”
Comunícase al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil ocho.
JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Congreso de la República
ÁLVARO GUTIÉRREZ CUEVA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República
YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros
LEY N° 29308
Ley que prorroga las exoneraciones contenidas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta y posterga la entrada en vigencia de varios artículos y disposiciones del Decreto Legislativo Nº 972 (Dada 29-12-2008 / Promulgada 30-12-2008 / Publicada 31-12-2008)