Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza

LEY N° 27204

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRECISA QUE EL CARGO DE EJECUTOR Y AUXILIAR COACTIVO NO ES CARGO DE CONFIANZA

Artículo 1°.- Objeto de la Ley

Precísase que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7° de la Ley N° 26979, "Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva", no implica que dichos cargos sean de confianza.

Artículo 2°.- Disposición derogatoria

Deróganse o déjanse sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ley,

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la República

LUIS DELGADO APARICIO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve,

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia

LEY N° 27204

Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza (Dada 18-11-1999 / Promulgada 25-11-1999 / Publicada 26-11-1999)