Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza
LEY N° 27204
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PRECISA QUE EL CARGO DE EJECUTOR Y AUXILIAR COACTIVO NO ES CARGO DE CONFIANZA
Artículo 1°.- Objeto de la Ley
Precísase que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7° de la Ley N° 26979, "Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva", no implica que dichos cargos sean de confianza.
Artículo 2°.- Disposición derogatoria
Deróganse o déjanse sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ley,
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.
RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la República
LUIS DELGADO APARICIO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve,
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia
LEY N° 27204
Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza (Dada 18-11-1999 / Promulgada 25-11-1999 / Publicada 26-11-1999)