Aprueban mecanismo y plazo de implementación de la nueva metodología de determinación de costos para las municipalidades provinciales y distritales clasificadas como de Tipo "A" por el Programa de Modernización Municipal

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 001-2010-PCM-SGP

Lima, 1 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM aprueba la metodología para la determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en cumplimiento del artículo 44° inciso 6 de la Ley N° 27444, norma que considera en su Primera Disposición Complementaria Final lograr la implementación gradual de la metodología, mediante el establecimiento de mecanismos y plazos aprobados por Resolución de la Secretaría de Gestión Pública;

Que, el Decreto Supremo N° 002-2010-EF aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Modernización Municipal, norma que tiene como finalidad generar las condiciones favorables para el clima de negocios mediante la simplificación administrativa;

Que, el Anexo N° 02 del Decreto Supremo N° 002-2010-EF establece la Meta 2, a ser cumplida por 40 municipalidades distritales y provinciales del país clasificadas como de Tipo "A", para la aplicación del procedimiento estandarizado para el cálculo del derecho para la tramitación de la Licencia de Funcionamiento dentro del Objetivo de estandarización del procedimiento para costos de los derechos;

Que, las 40 municipalidades distritales y provinciales del país clasificadas como de Tipo "A", tienen como plazo máximo para el cumplimiento de la meta 2 hasta el último día del mes de agosto de 2010;

Que, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo N° 064-2010-PCM resulta necesario establecer los mecanismos y plazos de implementación de la nueva metodología de determinación de costos para las 40 municipalidades clasificadas como de Tipo "A" por el Programa de Modernización Municipal;

De conformidad con lo establecido en el artículo 15° de la Ley N° 28976, artículo 45° inciso 1 de la Ley N° 27444 y el artículo 37° inciso 6 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Objeto

Establecer los mecanismos, plazos y disposiciones que las municipalidades provinciales y distritales clasificadas como Tipo "A" por el Anexo 4 del Decreto Supremo N° 002-2010-EF deberán observar, para la implementación de la nueva metodología para la determinación de costos por derecho de tramitación del procedimiento "Licencia de funcionamiento" regulado en la Ley N° 28976, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 064-2010-PCM.

Artículo 2°.- Ámbito de aplicación

Las presentes disposiciones resultan aplicables a todas las municipalidades provinciales y distritales clasificadas como de Tipo "A" por el Anexo 4 del Decreto Supremo N° 002-2010-EF que cuenten con el procedimiento "Licencia de funcionamiento" dentro de su Texto Único de

Procedimientos Administrativos - TUPA vigente, así como aquellas que se encuentren en proceso de ratificación de la ordenanza municipal que apruebe o modifique procedimientos en su TUPA.

Artículo 3°.- Disposiciones relativas al mecanismo y plazo de implementación de la nueva metodología de determinación de costos aprobada mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM

En cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, el mecanismo y plazo para la implementación de la nueva metodología de determinación de costos se detalla a continuación:

a) Capacitación que será dirigida por la Secretaría de Gestión Pública a los representantes de cada entidad señalada en el artículo 2° de la presente norma.

b) El plazo de implementación de la nueva metodología de determinación de costos de los derechos de tramitación para el procedimiento de "Licencia de Funcionamiento" comprende desde el 13 de julio hasta el 31 de agosto del presente año.

Artículo 4°.- Adecuación y aprobación del procedimiento "Licencia de Funcionamiento"

Una vez cumplido el plazo de implementación establecido en el artículo anterior, las entidades deberán iniciar el proceso de adecuación y aprobación del procedimiento "Licencia de Funcionamiento" determinando los costos de su derecho de tramitación, siguiendo las disposiciones del Decreto Supremo N° 064-2010-PCM.

Artículo 5°.- Sobre las disposiciones relativas a los plazos de implementación para las entidades de todos los niveles de gobierno

Los mecanismos y plazos de implementación de la nueva metodología de determinación de costos que deberán observar las entidades públicas de todos los niveles de gobierno para el costeo de todos sus procedimientos y servicios prestados en exclusividad serán establecidos mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública dentro del plazo establecido por la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 064-2010-PCM.

Artículo 6°.- Publicación

La presente resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros: (www.pcm.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

NILDA ROJAS BOLÍVAR Secretaria de Gestión Pública Presidencia del Consejo de Ministros